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Mostrando entradas de octubre, 2025

¿Al lado de Palestina o al lado de Israel?


Una reflexión desde la bioética personalista Por Dionisio Martos Medina La pregunta parece obligar a escoger bando, como si la tragedia humana pudiera dividirse entre banderas. Pero la bioética personalista, al situar en el centro la dignidad ontológica de la persona —de toda persona, sea israelí o palestina, creyente o atea—, no acepta esa lógica de bloques. Su lugar no está “con” una parte, sino con la persona humana sufriente, independientemente del bando que la oprima o del uniforme que la mate. 1. El principio de dignidad personal Según Elio Sgreccia, la persona es un ser dotado de valor absoluto por su sola existencia. Ninguna causa política, religiosa ni territorial puede justificar su destrucción. Desde esta premisa, tanto el terrorismo de Hamás —al utilizar a civiles como escudos y al atacar deliberadamente a inocentes— como los bombardeos indiscriminados que provocan víctimas civiles en Gaza constituyen una violación del principio de dignidad. La bioética personalista cond...

Justicia social, solidaridad y subsidiariedad

Tres pilares del bien común Por Dionisio Martos En tiempos donde la palabra justicia social se usa como bandera de todas las causas, conviene recordar que este ideal, por sí solo, no basta para construir una sociedad verdaderamente humana. La justicia necesita dos hermanas inseparables: la solidaridad, que nos mueve a ayudar, y la subsidiariedad, que nos enseña cómo hacerlo sin anular la libertad de los demás. Justicia social: igualdad sin uniformidad La justicia social busca que toda persona tenga los medios necesarios para una vida digna: educación, trabajo, salud, vivienda. Es el principio que ordena al Estado y a la comunidad a corregir desigualdades estructurales y garantizar oportunidades reales. Pero cuando se entiende mal, puede volverse paternalista: el Estado acaba tratando a los ciudadanos como menores perpetuos, incapaces de valerse por sí mismos. Y entonces, lo que nació como justicia termina siendo tutela, y lo que debía liberar acaba por domesticar. Solidaridad: la voz d...

Responsabilidad civil y penal

Entre la justicia restaurativa y la justicia retributiva Por Dionisio Martos Resumen La distinción entre responsabilidad civil y penal no sólo responde a categorías jurídicas, sino a concepciones éticas de la justicia. Desde la bioética personalista, ambas expresan modos diversos de restaurar el orden moral vulnerado: la civil mediante la reparación del daño, y la penal mediante la retribución proporcionada al acto injusto. Sin embargo, reducirlas a una dicotomía excluyente sería éticamente incompleto. Este trabajo propone una lectura integradora desde los principios de la bioética personalista y del derecho natural, orientada a la restauración de la dignidad de las personas implicadas. 1. Responsabilidad civil: justicia restaurativa La responsabilidad civil se funda en el deber de reparar el daño causado a otro. Su finalidad es restaurar el equilibrio roto entre las partes y devolver al perjudicado la integridad material o moral vulnerada. Desde la bioética jurídica, esta función tien...

Cuando los robots aprendieron a crear

Una reflexión desde la bioética personalista sobre la inteligencia artificial y lo verdaderamente humano Dionisio Martos Medina · 09 de Octubre de 2025 Durante años dimos por hecho que los robots sustituirían los trabajos físicos y rutinarios, mientras que los humanos conservaríamos el dominio de la creatividad y la razón. Sin embargo, la realidad ha tomado un rumbo inesperado: hoy las máquinas componen música, escriben poesía, elaboran diagnósticos e incluso expresan emociones simuladas. Lo que parecía un escenario de ciencia ficción se ha convertido en nuestro paisaje cotidiano. La sorpresa no es que la tecnología haya avanzado, sino que ha invadido el terreno que considerábamos más humano: la imaginación y la creatividad. Frente a esto, surge una pregunta inquietante: ¿qué nos queda como propiamente humano cuando una máquina puede crear? Desde la bioética personalista, la respuesta no se busca en la capacidad de producir, sino en el valor ontológico de la persona. El ser humano no v...

Día de la Parálisis Cerebral: más solidaridad y subsidiariedad que justicia social

Una reflexión desde la bioética personalista Autor: Dionisio Martos Medina El 6 de octubre, Día Mundial de la Parálisis Cerebral, no debería ser solo una jornada de sensibilización, sino un recordatorio moral. En tiempos donde se abusa de la expresión “justicia social” como eslogan político, conviene recuperar el sentido originario del bien común personalista, que tiene su raíz no en la ideología, sino en la solidaridad y la subsidiariedad. 1. La persona antes que el sistema La bioética personalista, tal como la define Elio Sgreccia, parte de un principio irrenunciable: “la persona humana es un valor en sí misma, desde su concepción hasta su muerte natural”. Desde esa perspectiva, el enfermo con parálisis cerebral no es objeto de protección estatal ni destinatario de una ayuda asistencialista: es protagonista de su existencia y sujeto de derechos inviolables. Por eso, hablar de “justicia social” en términos genéricos —sin rostro, sin nombre, sin relación— resulta insuficiente: su...

La pena de muerte, de justicia retributiva a una justicia restaurativa.

La pena de muerte a la luz de la bioética personalista y la doctrina católica Dionisio Martos Medina Blog de Bioética Personalista   Resumen La posición de la Iglesia Católica respecto a la pena de muerte ha evolucionado hacia una afirmación absoluta de la inviolabilidad de la vida humana. Desde una perspectiva bioético-personalista, la pena capital resulta inadmisible por atentar contra la dignidad intrínseca de la persona. Este artículo expone la evolución doctrinal desde Santo Tomás hasta el Papa Francisco, subrayando el paso de una justicia retributiva a una justicia restaurativa, centrada en la misericordia, la conversión y la defensa integral de la vida. Palabras clave Pena de muerte; Bioética personalista; Iglesia Católica; Dignidad humana; Evangelium Vitae; Francisco. 1. Introducción: de la justicia retributiva al respeto incondicional de la vida Durante siglos, la Iglesia Católica aceptó la posibilidad de la pena de muerte como medio extremo de defensa social. Sin embargo,...

¿Aplicaría Jesucristo la legítima defensa si sus discípulos fueran atacados?

Una interpretación desde la bioética personalista Dionisio Martos Medina Blog de Bioética Personalista   Resumen La legítima defensa es un derecho natural y moral reconocido por la doctrina católica, pero su interpretación en el contexto evangélico requiere distinguir entre la misión redentora de Cristo y la moral común de los hombres. Este artículo analiza si Jesucristo, ante una agresión mortal contra sus discípulos, habría aprobado la defensa de sus vidas. Desde la bioética personalista, se concluye que el amor y la dignidad humana exigen proteger la vida del inocente, sin recurrir al odio ni a la venganza. Palabras clave Jesucristo; Legítima defensa; Bioética personalista; Evangelios; Sgreccia; Moral cristiana. 1. La misión redentora de Cristo y la prudencia humana Jesús no se defendió durante su Pasión porque su misión era redentora, no autoconservadora. Sin embargo, en su enseñanza distingue entre su propio destino salvífico y la vida moral ordinaria de sus discípulos. 'Sed p...

¿Por qué Jesucristo no se defendió en legítima defensa?

Una lectura desde la bioética personalista Dionisio Martos Medina Blog de Bioética Personalista Resumen La Pasión de Jesucristo plantea una cuestión moral esencial: ¿por qué no ejerció su derecho a la legítima defensa? Desde la perspectiva de la bioética personalista y la teología católica, su actitud no fue pasividad ni renuncia a la justicia, sino expresión suprema de libertad y amor redentor. Cristo no fue víctima de la violencia, sino sujeto libre que entregó su vida para romper el ciclo del mal con el bien, revelando que la defensa última de la humanidad se realiza por el don de sí mismo. Palabras clave Jesucristo; Bioética personalista; Legítima defensa; Sgreccia; Girard; Benedicto XVI; Amor redentor. 1. Cristo no se defendió porque entregó su vida libremente Jesús afirma: 'Nadie me quita la vida; yo la doy voluntariamente' (Jn 10,18). La Pasión no fue un asesinato inevitable, sino un acto libre de entrega. Cristo no fue vencido por la violencia humana, sino que transfo...

La legítima defensa desde la bioética personalista

Por Dionisio Martos Medina Blog de Bioética Personalista Resumen La legítima defensa constituye un tema de profunda relevancia ética. Desde la bioética personalista, inspirada en la doctrina católica, se analiza como un acto moralmente lícito cuando se orienta a la protección de la vida —propia o ajena—, siempre que los medios empleados sean proporcionados y no se pretenda la muerte del agresor. A través del principio del doble efecto y de la noción de dignidad de la persona, se justifica la legítima defensa como un deber de justicia hacia uno mismo y hacia los demás. Palabras clave Legítima defensa; Bioética personalista; Sgreccia; Spaemann; Dignidad humana; Doctrina católica. 1. Principio fundamental: la dignidad de la persona como bien primero La bioética personalista, sistematizada por Elio Sgreccia, parte del principio de que la vida humana es un bien inviolable en cuanto participa de la dignidad de la persona. Toda acción moral debe orientarse a proteger y promover la vida, nunc...